Pi & Boluda abogados y fiscalistas

Asesor fiscal y tributario Castellón

Ofrecemos asesoramiento legal fiscal y tributario ante procedimientos de inspección, recursos administrativos, plusvalías, planificación tributaria, fiscalidad general (impuestos IVA, IRPF, Sociedades, Renta).

Noticias de Pi Boluda Abogados y Fiscalistas

Situaciones especiales en contratos: precario

El precario es una situación especial, en la que se tolera y consiente la posesión de un bien a quien no tiene título justo para ello. El concepto de precario ha sido desarrollado por la jurisprudencia, en concreto por el Tribunal Supremo, quien lo define en la Sentencia 109/2021, de 1 de marzo de 2021, como “una situación de hecho que implica la utilización gratuita de un bien ajeno, cuya posesión jurídica no nos corresponde, aunque nos hallemos en la tenencia del mismo y por tanto la falta de título […]

Uso fraudulento de tarjetas de crédito y otros medios de pago

En virtud del Real Decreto-Ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago, la entidad bancaria tiene la obligación de restituir al cliente el importe de la operación no autorizada. Son cada día más las consultas que recibimos en nuestro Despacho de clientes que han visto desaparecer dinero de su cuenta bancaria debido a un uso fraudulento de su tarjeta de crédito, bien porque se la han robado o bien porque han obtenido fraudulentamente sus datos personales y claves de acceso. Del mismo modo, hemos visto situaciones en las […]

Conseguimos librar de 1,3 millones de deuda a una familia de La Vall d’Uixó

Conseguimos librar de 1,3 millones de deuda😮, a una familia de La Vall d’Uixó. 🥳 Javier Gómez Boluda👨⚖️, socio de Pi&Boluda y director del procedimiento, consiguió que esta familia saliese exonerada tras acogerse a las opciones que ofrece la Ley de Segunda Oportunidad. 👉🏻Te dejamos aquí todos los detalles: https://lnkd.in/dZYRAYka  

Condenada una inmobiliaria a devolver las arras al comprador tras haberle denegado el banco financiación para la compra

Pese a que la certificación bancaria que acreditaba la denegación de financiación fue expedida una vez transcurrido el plazo pactado de resolución, la inmobiliaria debe devolver la fianza al comprador. El contrato de arras suscrito entre las partes estaba condicionado a que el comprador obtuviera financiación dentro del plazo de 60 días desde la firma, y, en caso contrario, el contrato quedaría resuelto, otorgando la vendedora mandato expreso a la inmobiliaria para la devolución del importe abonado en concepto de arras. Si bien es cierto que el contrato establece que […]