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Asesor fiscal y tributario Castellón
Ofrecemos asesoramiento legal fiscal y tributario ante procedimientos de inspección, recursos administrativos, plusvalías, planificación tributaria, fiscalidad general (impuestos IVA, IRPF, Sociedades, Renta).


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Ofrecemos asesoramiento legal fiscal y tributario ante procedimientos de inspección, recursos administrativos, plusvalías, planificación tributaria, fiscalidad general (impuestos IVA, IRPF, Sociedades, Renta).

¿Qué ocurre con el crédito de las comunidades autónomas y los ayuntamientos? La exoneración del pasivo insatisfecho, conocida como BEPI, es una solución legal que permite a personas en situación de insolvencia liberarse de parte de sus deudas. Sin embargo, cuando hablamos de créditos de derecho público, especialmente aquellos con comunidades autónomas o ayuntamientos, el panorama es menos claro. ¿Se pueden exonerar las deudas públicas? El Texto Refundido de la Ley Concursal permite exonerar parcialmente deudas con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y la Seguridad Social, hasta […]
Banco Santander cobraba al cliente 30 euros cada vez que se retrasaba en el pago de la cuota del préstamo La Sentencia, dictada el pasado 9 de septiembre, da la razón a un cliente del Despacho Pi & Boluda, Abogados y Fiscalistas, al considerar que el cobro de dicha comisión no obedece a servicios efectivamente prestados por la entidad bancaria. La entidad cobraba una comisión de 30 euros cada vez que su cliente se retrasaba en el pago del préstamo hipotecario, sin que realizara ninguna gestión efectiva tendente a reclamar […]
El concurso de acreedores puede ser calificado de fortuito o culpable. Con la reforma del Texto Refundido de la Ley Concursal, el legislador ha pretendido dar celeridad al procedimiento, dejando en muchos casos, esa calificación en manos de los acreedores. En este afán por la celeridad, el legislador ha optado por la supresión de muchas actuaciones judiciales, en pro de la tan ansiada celeridad, pero con muchos errores de bulto que, en sede de calificación tampoco son la excepción. Por ejemplo, el artículo 446.1 TRLC dispone que la fase de […]
UN MATRIMONIO, CLIENTES DE PI & BOLUDA ABOGADOS Y FISCALISTAS, EXONERAN SUS DEUDAS POR UN IMPORTE DE MÁS DE 350.000,00 €, A TRAVÉS DE LA LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD El Juzgado de lo Mercantil 3 de Valencia ha dictado un Auto mediante el cual declara la conclusión del concurso de acreedores y exonera de sus deudas al matrimonio. El procedimiento concursal seguido para la exoneración de dichas deudas ha sido el concurso sin masa, regulado en los artículos 37 bis y siguientes de la Ley Concursal. Este matrimonio, vecinos de […]