Pi & Boluda abogados y fiscalistas

Asesor fiscal y tributario Castellón

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Noticias de Pi Boluda Abogados y Fiscalistas

Un matrimonio exoneran sus deudas por un importe de más de 350.000€ a través de la ley de segunda oportunidad

UN MATRIMONIO, CLIENTES DE PI & BOLUDA ABOGADOS Y FISCALISTAS, EXONERAN SUS DEUDAS POR UN IMPORTE DE MÁS DE 350.000,00 €, A TRAVÉS DE LA LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD El Juzgado de lo Mercantil 3 de Valencia ha dictado un Auto mediante el cual declara la conclusión del concurso de acreedores y exonera de sus deudas al matrimonio. El procedimiento concursal seguido para la exoneración de dichas deudas ha sido el concurso sin masa, regulado en los artículos 37 bis y siguientes de la Ley Concursal. Este matrimonio, vecinos de […]

Los seguros de prima única financiados, una mala práctica bancaria

Los seguros de prima única son seguros cuya prima se paga íntegra al inicio del préstamo y está financiada dentro del capital prestado. Muchas entidades bancarias ofrecen a sus clientes seguros asociados a productos de financiación, con la finalidad de garantizar el pago de las cantidades prestadas por la propia entidad en el hipotético caso de invalidez, desempleo o fallecimiento, entre otros. Seguros de prima única y de prima periódica Los seguros de prima periódica se pagan periódicamente durante la vigencia del contrato, sin embargo, los seguros de prima única se […]

El tribunal supremo resuelve que el ingreso de dinero privativo en la cuenta común del matrimonio no es un bien ganancial

El dinero privativo ingresado en la cuenta común del matrimonio debe ser reembolsado a su titular tras la disolución de la sociedad ganancial, pese a que haya sido empleado para sufragar gastos de la familia. El artículo 85 del Código Civil dispone que el matrimonio se disuelve por la muerte de uno de los cónyuges y por el divorcio. En el supuesto de divorcio, el matrimonio –independientemente de la clase que sea: civil o religioso- se disolverá con la sentencia y del mismo modo, quedará disuelto el régimen económico matrimonial. […]

El supremo confirma que el crédito público no debe tener tantos privilegios en los procedimientos de segunda oportunidad

El crédito público siempre ha sido el caballo de batalla en los procesos concursales de persona física -o segunda oportunidad-, ya que cuando se quiere acceder a la exoneración del pasivo insatisfecho, es decir, a la exoneración de las deudas, el crédito público siempre ha gozado de unos privilegios que fortalecen su crédito quedando fuera de la exoneración. El 2 de julio de 2019, el Tribunal Supremo dictó una sentencia en la que limitaba considerablemente los privilegios del acreedor público, ya que exoneraba directamente la parte de crédito público ordinario […]