Pi & Boluda abogados y fiscalistas

Asesor fiscal y tributario Castellón

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Noticias de Pi Boluda Abogados y Fiscalistas

La audencia provincial de Castellón declara nula la comisión de posiciones deudoras

Banco Santander cobraba al cliente 30 euros cada vez que se retrasaba en el pago de la cuota del préstamo La Sentencia, dictada el pasado 9 de septiembre, da la razón a un cliente del Despacho Pi & Boluda, Abogados y Fiscalistas, al considerar que el cobro de dicha comisión no obedece a servicios efectivamente prestados por la entidad bancaria. La entidad cobraba una comisión de 30 euros cada vez que su cliente se retrasaba en el pago del préstamo hipotecario, sin que realizara ninguna gestión efectiva tendente a reclamar […]

De la reforma del texto refundido de la ley concursal a la ley 18/2022, de 28 de Septiembre, de creación y crecimiento de empresas

Tal y como se indica en la exposición de motivos y en su artículo 1, la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas, tiene por objeto la mejora del clima de negocios impulsando la creación y el crecimiento empresarial a través de la adopción de medidas para agilizar la creación de empresas; la mejora de la regulación y la eliminación de obstáculos al desarrollo de actividades económicas; la reducción de la morosidad comercial y la mejora del acceso a financiación. No es baladí el momento […]

El tribunal supremo determina el plazo para reclamar los gastos de hipoteca

El Tribunal Supremo se acoge a la doctrina del Tribunal Europeo y fija el plazo de reclamación a partir de que se declare nula la cláusula. El pasado mes de abril el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) zanjó la problemática en cuanto al plazo que los consumidores tenían para poder reclamar los gastos de formalización de sus hipotecas. El TJUE declaró que, hasta que la cláusula de gastos no fuera declarada nula, la acción de restitución no podría encontrarse prescrita y por tanto, era susceptible de reclamación. […]

El Tribunal Supremo declara nula la comisión por ingreso en efectivo en cuenta realizado por un tercero

La cuestión controvertida versa acerca del cobro de una comisión de dos euros por cada ingreso en efectivo realizado por terceras personas o por cada recibo pagado en efectivo. La Sentencia, dictada el pasado 26 de abril, declara nulas estas comisiones en base a los siguientes argumentos: En primer lugar, señala que las tarifas generales de comisiones fijadas por la entidad bancaria constituyen una cláusula no negociada, por tanto, es indiferente que dichas tarifas prevean el cobro de determinadas comisiones, bien por ingresar dinero en efectivo, bien por pagar recibos […]