Pi & Boluda abogados y fiscalistas

Derecho concursal
y Ley de Segunda Oportunidad en Castellón

La coyuntura económica de los últimos años ha reactivado la especialidad en Derecho Concursal.

En Pi & Boluda, Abogados y Fiscalistas, somos Administradores Concursales tanto de personas físicas como jurídicas. Por ello, ofrecemos asesoramiento tanto a empresas como autónomos y pymes desde el inicio de la actividad económica, para garantizar que cualquier decisión empresarial no perjudique en un futuro a la empresa ante un hipotético concurso de acreedores.

Asesoramiento contractual

Revisión de contratos, con especial énfasis en el efecto que puede tener para las partes un hipotético concurso de acreedores.

Formalización de garantías que cumplan los requisitos para que no sean reintegrables en un concurso de acreedores.

Asesoramiento en la adquisición de empresas (o unidades productivas) en concurso de acreedores, articulando mecanismos para evitar la derivación de responsabilidades de toda índole.

Asesoramiento concursal

Estamos en condiciones de representar y defender los intereses de todos los partícipes en un concurso: el concursado, los acreedores y terceros.

En general, nuestras acciones principales en esta disciplina tan específica son:

  • Inicio del procedimiento en supuestos de insolvencia con la finalidad de poder tramitar una propuesta anticipada de convenio y salir rápidamente de la situación de concurso.
  • Presentación de la solicitud de concurso de acreedores, ya sean concursos voluntarios o concursos necesarios.
  • Insinuación de créditos y protección y defensa de los mismos para lograr las mayores posibilidades de recuperación de la deuda, incluyendo la del IVA.
  • Intervención en la pieza de calificación.
  • Defensa ante las posibles acciones de reintegración planteadas.
  • Elaboración de propuestas de convenio y planes de viabilidad.
  • Asesoramiento y formalización de propuesta anticipada de convenio.
  • Elaboración de planes de liquidación, tanto ordinarios como en supuestos de liquidación anticipada.

Asesoramiento precontractual y refinanciaciones

Respecto del primero, realizamos revisiones preconcursales que permiten detectar, valorar y corregir los riesgos en los que pueden incurrir los administradores de una sociedad concursada. En la práctica, se trata de intentar evitar el concurso de acreedores.

En cuanto a las refinanciaciones, la posibilidad de alcanzar acuerdos con distintos acreedores, profesionales o no, puede ser una solución para una empresa en situación crítica. Son, en definitiva, acuerdos especialmente relevantes y significativos para el futuro inmediato de la empresa.

Ley de Segunda oportunidad

Este es el único modo que existe en derecho para que una persona natural, empresario o no, pueda eliminar sus deudas y volver a empezar.

Para que se eliminen las deudas se tienen que cumplir una serie de requisitos, fundamentalmente, que sea un deudor de buena fe (básicamente que haya intentado un acuerdo extrajudicial de pagos en un notario del lugar de residencia).

El mecanismo de la ley de segunda oportunidad se somete a la liturgia del procedimiento concursal pero con sus especialidades. Por ejemplo, en el deudor persona física no empresario, intentado el acuerdo extrajudicial de pagos sin acuerdo, el concurso de acreedores se inicia necesariamente en la fase de liquidación.

¿Cuándo llegamos aquí? Cuando hemos reclamado todo lo reclamable: tarjetas revolving –este tipo de clientes suele tener muchas, porque intentan tapar agujeros abriendo agujeros nuevos, es decir tapan un préstamo con otro préstamo, y al final se hace una pelo ingobernable-, gastos de formalización, solemos meter también demandas por ficheros de morosos ya que los importes de las deudas suelen ser incorrectos… Es en este momento cuando ya iniciamos el procedimiento para exonerar de las deudas que le puedan quedar a nuestros clientes.

Zonas a las que damos servicio en Ley de Segunda Oportunidad:

Ley Segunda Oportunidad Castellón

Ley Segunda Oportunidad Valencia

Noticias de Pi Boluda Abogados y Fiscalistas

El supremo confirma que el crédito público no debe tener tantos privilegios en los procedimientos de segunda oportunidad

El crédito público siempre ha sido el caballo de batalla en los procesos concursales de persona física -o segunda oportunidad-, ya que cuando se quiere acceder a la exoneración del pasivo insatisfecho, es decir, a la exoneración de las deudas, el crédito público siempre ha gozado de unos privilegios que fortalecen su crédito quedando fuera de la exoneración. El 2 de julio de 2019, el Tribunal Supremo dictó una sentencia en la que limitaba considerablemente los privilegios del acreedor público, ya que exoneraba directamente la parte de crédito público ordinario […]

A vueltas con los gastos de mantenimiento del garaje en las comunidades de propietarios

Aunque es un asunto zanjado por el Tribunal Supremo en 2009, en la última junta de propietarios a la que asistimos como abogados, surgió la controversia acerca de este tema, que no es otro que, si los propietarios de viviendas que no tienen plaza de garaje tienen que contribuir o no al mantenimiento del garaje. En la finca en concreto a la que nos referimos, hay un único propietario de vivienda que no tiene plaza de garaje, el resto de propietarios tienen vivienda y plaza de garaje. Hasta esta fecha […]

Los seguros de prima única financiados, una mala práctica bancaria

Los seguros de prima única son seguros cuya prima se paga íntegra al inicio del préstamo y está financiada dentro del capital prestado. Muchas entidades bancarias ofrecen a sus clientes seguros asociados a productos de financiación, con la finalidad de garantizar el pago de las cantidades prestadas por la propia entidad en el hipotético caso de invalidez, desempleo o fallecimiento, entre otros. Seguros de prima única y de prima periódica Los seguros de prima periódica se pagan periódicamente durante la vigencia del contrato, sin embargo, los seguros de prima única se […]

La segunda oportunidad y la vivienda habitual del deudor

En situaciones de insolvencia o sobreendeudamiento familiar, la situación del hogar familiar, de la vivienda habitual, es una de las cuestiones que, por motivos obvios, más preocupa a los deudores. No quieren desprenderse del único bien que tienen en la vida, y no quieren verse en la calle. A estas preocupaciones la legislación concursal en materia de segunda oportunidad, le ha dado varias soluciones.   En supuestos en los que se solicite la exoneración del pasivo insatisfecho (eliminación o cancelación de deudas) tras la liquidación de todos los bienes del […]