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Abogados derecho de familia Castellón

Te asesoramos ante cualquier crisis matrimonial y nos encargamos de defenderte en este proceso.

Divorcio

Se trata de una causa de disolución del matrimonio como consecuencia de la ruptura del vínculo matrimonial. Tras el divorcio se podrán contraer nuevas nupcias con una tercera persona.

El divorcio puede ser de mutuo acuerdo o contencioso, en función de si los cónyuges están de acuerdo o no con las medidas contenidas en el convenio regulador, entre otras, pensión de alimentos, régimen de visitas, custodia, etc).

Para iniciar la demanda de divorcio es requisito haber estado casado como mínimo tres meses.

En Pi & Boluda nos encargamos de realizar todos los trámites y gestiones para efectuar tu divorcio.

Separación

La única diferencia con el divorcio es que la separación no disuelve el matrimonio, por lo que los cónyuges permanecen casados pese a que hayan cesado su convivencia.

La separación puede ser de mutuo acuerdo o contenciosa, en función de si existen discrepancias con las medidas fijadas en el convenio regulador.

Medidas provisionales

Cuando por urgencia sea necesario regular las medidas relativas a la atribución de la patria potestad, guarda y custodia, régimen de visitas con los menores y pensión de alimentos, previa o durante el procedimiento judicial de divorcio, podemos tramitar estas medidas provisionales para que el Juzgado resuelva con urgencia previamente a la resolución definitiva del divorcio.

Modificación de medidas

Si han variado las circunstancias que propiciaron la adopción de determinada medidas en un procedimiento de separación o divorcio, podemos interponer demanda de modificación de las mismas, a fin de que las medidas se adapten a las nuevas circunstancias.

Demanda de paternidad

Se trata de un procedimiento judicial denominado Filiación en el que se solicita la determinación de la paternidad mediante pruebas que lo acrediten.

Disolución del régimen económico matrimonial

Con la sentencia de divorcio o de separación se disuelve el régimen económico matrimonial.

Existen varios regímenes económicos matrimoniales: gananciales, privativos o de participación.

En caso del régimen de gananciales, tras el divorcio, se tienen que repartir todos los bienes (activos) y deudas (pasivo) del matrimonio equitativamente.

En Pi & Boluda te asesoramos en este procedimiento, haciendo un inventario de los bienes y deudas, valorándolos y mediando con los cónyuges para que el reparto sea beneficioso para ambos. En caso de existir discrepancias con la atribución de los bienes, interpondremos el procedimiento judicial denominado de liquidación de sociedad de gananciales, que se iniciará presentando al Juzgado una propuesta de inventario con todos los bienes a repartir.

Procedimientos de medidas de apoyo al discapaz

Cuando una persona necesita determinados apoyos para poder regir su vida diaria, existen procedimientos judiciales para adoptar las distintas medidas que pueda necesitar, como por ejemplo, el nombramiento de un curador (persona que velará por los intereses del discapaz).

Este procedimiento determinara el grado de las medidas a adoptar siempre teniendo en cuenta la voluntad del discapaz.

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Tras el divorcio, el uso de la vivienda familiar debe quedar para el cónyuge custodio e hijos que convivan con él

En un proceso de divorcio, y para el caso de que los cónyuges no pacten otra cosa, la atribución del uso de la vivienda familiar será para el progenitor custodio junto con los hijos menores. El Tribunal Supremo, en Sentencia de fecha 22 de julio de 2024, ha dilucidado la problemática que versa sobre a quién le correspondería el uso de la vivienda familiar para el caso de divorcio siempre y cuando uno se optara por la custodia a favor de uno de los cónyuges. Se trata de un supuesto […]

A vueltas con los gastos de mantenimiento del garaje en las comunidades de propietarios

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Desestiman indemnizar a un vecino que reclamaba a su comunidad de propietarios 26.727€

El demandante reclamaba por los daños y perjuicios que le habían ocasionado las obras de rehabilitación del edificio en ruinas. El Ayuntamiento de Burgos exigía a la Comunidad de Propietarios la rehabilitación del edificio comunitario ubicado en el casco antiguo, tras la apertura de un expediente de ruina frente a dicha Comunidad. Por Junta de Propietarios se acordó la rehabilitación del inmueble y por tanto, el desalojo de las viviendas mientras duraran las obras. La demandante, reclama a la Comunidad de Propietarios las cantidades que ha tenido que desembolsar en […]