Pi & Boluda abogados y fiscalistas

Abogados derecho de familia Castellón

Te asesoramos ante cualquier crisis matrimonial y nos encargamos de defenderte en este proceso.

Divorcio

Se trata de una causa de disolución del matrimonio como consecuencia de la ruptura del vínculo matrimonial. Tras el divorcio se podrán contraer nuevas nupcias con una tercera persona.

El divorcio puede ser de mutuo acuerdo o contencioso, en función de si los cónyuges están de acuerdo o no con las medidas contenidas en el convenio regulador, entre otras, pensión de alimentos, régimen de visitas, custodia, etc).

Para iniciar la demanda de divorcio es requisito haber estado casado como mínimo tres meses.

En Pi & Boluda nos encargamos de realizar todos los trámites y gestiones para efectuar tu divorcio.

Separación

La única diferencia con el divorcio es que la separación no disuelve el matrimonio, por lo que los cónyuges permanecen casados pese a que hayan cesado su convivencia.

La separación puede ser de mutuo acuerdo o contenciosa, en función de si existen discrepancias con las medidas fijadas en el convenio regulador.

Medidas provisionales

Cuando por urgencia sea necesario regular las medidas relativas a la atribución de la patria potestad, guarda y custodia, régimen de visitas con los menores y pensión de alimentos, previa o durante el procedimiento judicial de divorcio, podemos tramitar estas medidas provisionales para que el Juzgado resuelva con urgencia previamente a la resolución definitiva del divorcio.

Modificación de medidas

Si han variado las circunstancias que propiciaron la adopción de determinada medidas en un procedimiento de separación o divorcio, podemos interponer demanda de modificación de las mismas, a fin de que las medidas se adapten a las nuevas circunstancias.

Demanda de paternidad

Se trata de un procedimiento judicial denominado Filiación en el que se solicita la determinación de la paternidad mediante pruebas que lo acrediten.

Disolución del régimen económico matrimonial

Con la sentencia de divorcio o de separación se disuelve el régimen económico matrimonial.

Existen varios regímenes económicos matrimoniales: gananciales, privativos o de participación.

En caso del régimen de gananciales, tras el divorcio, se tienen que repartir todos los bienes (activos) y deudas (pasivo) del matrimonio equitativamente.

En Pi & Boluda te asesoramos en este procedimiento, haciendo un inventario de los bienes y deudas, valorándolos y mediando con los cónyuges para que el reparto sea beneficioso para ambos. En caso de existir discrepancias con la atribución de los bienes, interpondremos el procedimiento judicial denominado de liquidación de sociedad de gananciales, que se iniciará presentando al Juzgado una propuesta de inventario con todos los bienes a repartir.

Procedimientos de medidas de apoyo al discapaz

Cuando una persona necesita determinados apoyos para poder regir su vida diaria, existen procedimientos judiciales para adoptar las distintas medidas que pueda necesitar, como por ejemplo, el nombramiento de un curador (persona que velará por los intereses del discapaz).

Este procedimiento determinara el grado de las medidas a adoptar siempre teniendo en cuenta la voluntad del discapaz.

Noticias de Pi Boluda Abogados y Fiscalistas

Revocamos la liquidación efectuada por la Conselleria d’Hisenda i Administració pública realizada en el marco de una comprobación de valores del impuesto de transmisiones patrimoniales

Buenas noticias para dos clientes del despacho Pi & Boluda, Abogados y Fiscalistas, que se irán de vacaciones de verano, sabiendo que no tienen que pagar más dinero que el que ya declararon y pagaron en su momento. La historia se remonta a marzo de 2022, cuando estos clientes del despacho Pi & Boluda, Abogados y Fiscalistas, matrimonio, formalizaron un contrato de compraventa de un bien inmueble, por importe de 30.000,00 €, ingresando en las arcas públicas, el importe correspondiente por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales declarado conforme al valor […]

Condena de un millón de euros a un hospital por una mala praxis médica

El Servicio Canario de Salud negó a la paciente la opción de un parto gemelar por cesárea y como consecuencia, uno de los bebés sufrió daños irreversibles La paciente denunció ante los servicios de salud un caso de violencia obstetricia, dado que “el médico le impuso de manera autoritaria un parto vaginal en lugar de uno por cesárea” ocasionando a unos de los bebés lesiones y secuelas irreversibles. El Servicio Canario de Salud intentó durante más de 17 horas un parto natural, suministrando –para ello- tratamiento de oxitocina a la […]

El tribunal supremo declara la eficacia de las cláusulas de renuncia a compensaciones económicas futuras en la escritura de capitulaciones matrimoniales

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Tras el divorcio, el uso de la vivienda familiar debe quedar para el cónyuge custodio e hijos que convivan con él

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