Pi & Boluda abogados y fiscalistas

Abogados derecho de familia Castellón

Te asesoramos ante cualquier crisis matrimonial y nos encargamos de defenderte en este proceso.

Divorcio

Se trata de una causa de disolución del matrimonio como consecuencia de la ruptura del vínculo matrimonial. Tras el divorcio se podrán contraer nuevas nupcias con una tercera persona.

El divorcio puede ser de mutuo acuerdo o contencioso, en función de si los cónyuges están de acuerdo o no con las medidas contenidas en el convenio regulador, entre otras, pensión de alimentos, régimen de visitas, custodia, etc).

Para iniciar la demanda de divorcio es requisito haber estado casado como mínimo tres meses.

En Pi & Boluda nos encargamos de realizar todos los trámites y gestiones para efectuar tu divorcio.

Separación

La única diferencia con el divorcio es que la separación no disuelve el matrimonio, por lo que los cónyuges permanecen casados pese a que hayan cesado su convivencia.

La separación puede ser de mutuo acuerdo o contenciosa, en función de si existen discrepancias con las medidas fijadas en el convenio regulador.

Medidas provisionales

Cuando por urgencia sea necesario regular las medidas relativas a la atribución de la patria potestad, guarda y custodia, régimen de visitas con los menores y pensión de alimentos, previa o durante el procedimiento judicial de divorcio, podemos tramitar estas medidas provisionales para que el Juzgado resuelva con urgencia previamente a la resolución definitiva del divorcio.

Modificación de medidas

Si han variado las circunstancias que propiciaron la adopción de determinada medidas en un procedimiento de separación o divorcio, podemos interponer demanda de modificación de las mismas, a fin de que las medidas se adapten a las nuevas circunstancias.

Demanda de paternidad

Se trata de un procedimiento judicial denominado Filiación en el que se solicita la determinación de la paternidad mediante pruebas que lo acrediten.

Disolución del régimen económico matrimonial

Con la sentencia de divorcio o de separación se disuelve el régimen económico matrimonial.

Existen varios regímenes económicos matrimoniales: gananciales, privativos o de participación.

En caso del régimen de gananciales, tras el divorcio, se tienen que repartir todos los bienes (activos) y deudas (pasivo) del matrimonio equitativamente.

En Pi & Boluda te asesoramos en este procedimiento, haciendo un inventario de los bienes y deudas, valorándolos y mediando con los cónyuges para que el reparto sea beneficioso para ambos. En caso de existir discrepancias con la atribución de los bienes, interpondremos el procedimiento judicial denominado de liquidación de sociedad de gananciales, que se iniciará presentando al Juzgado una propuesta de inventario con todos los bienes a repartir.

Procedimientos de medidas de apoyo al discapaz

Cuando una persona necesita determinados apoyos para poder regir su vida diaria, existen procedimientos judiciales para adoptar las distintas medidas que pueda necesitar, como por ejemplo, el nombramiento de un curador (persona que velará por los intereses del discapaz).

Este procedimiento determinara el grado de las medidas a adoptar siempre teniendo en cuenta la voluntad del discapaz.

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El dinero privativo ingresado en la cuenta común del matrimonio debe ser reembolsado a su titular tras la disolución de la sociedad ganancial, pese a que haya sido empleado para sufragar gastos de la familia. El artículo 85 del Código Civil dispone que el matrimonio se disuelve por la muerte de uno de los cónyuges y por el divorcio. En el supuesto de divorcio, el matrimonio –independientemente de la clase que sea: civil o religioso- se disolverá con la sentencia y del mismo modo, quedará disuelto el régimen económico matrimonial. […]

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