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Abogados ficheros de morosos Castellón

Las grandes corporaciones utilizan como medida de presión a sus clientes la inclusión de sus deudas, ciertas o no, en ficheros de morosos. La inclusión en estos ficheros de morosos es un gran hándicap para los usuarios, ya que ven limitado su acceso al crédito.

Para poder realizar dicha inscripción, se deben cumplir una serie de requisitos que rara vez se cumplen, entre otras cosas porque la deuda incluida en los ficheros, es liquidada unilateralmente por las corporaciones y suele incluir intereses y comisiones abusivas.

¿Qué requisitos deben cumplirse para que la inscripción en un fichero de morosos sea lícita?

 

  • Que se trate de una deuda cierta, líquida, vencida y exigible.
  • Que dicha deuda no haya sido objeto de reclamación por el deudor.
  • Que no hayan transcurrido más de 5 años desde la fecha de vencimiento de la obligación de pago.
  • Que se haya requerido fehacientemente de pago al deudor, con preaviso de su posible inclusión en ficheros en caso de incumplimiento.

Pues bien, si alguno de estos requisitos no se cumple, la inclusión de los datos en ficheros es irregular y por tanto, resulta vulnerado el derecho al honor de la persona -tanto física como jurídica-, procediendo indemnizarle por la existencia de tal vulneración, cuya cuantía puede ascender entre los 3.000 y 6.000 euros.

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El derecho de separación del socio minoritario

La ley prevé que el socio minoritario pueda separarse de la sociedad ante decisiones abusivas tomadas por la mayoría de los socios. Las causas de separación del socio vienen reguladas en el Título IX de la Ley de Sociedades de Capital. Existen tres tipos de causas de separación: legales, estatutarias y en caso de falta de distribución de dividendos. Causas legales: para aquellos socios que no hubieran votado a favor de los siguientes acuerdos: Sustitución o modificación sustancial del objeto social. Prórroga de la sociedad. Reactivación de la sociedad. Creación, […]

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